lunes, 6 de mayo de 2024

BECAS PARA ALUMNADO NEAE, YA!!!

 El Ministerio de Educación y Formación Profesional convoca anualmente ayudas destinadas a colaborar en los gastos que la educación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo genera para sus familias. Para el curso académico 2024-2025 ha dictado la Resolución de 12 de abril de 2024, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (consultar umbrales de renta y patrimonio, artículo 4).


El plazo de solicitud es del 30 de abril al 13 de septiembre de 2024 ambos inclusive.

Estas ayudas están dirigidas a personas que presentan una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de las siguientes situaciones: discapacidad, trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje, trastorno del espectro autista y altas capacidades.


ETAPAS EDUCATIVAS

DISCAPACIDAD

TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA O COMUNICACIÓN Y LENGUAJE

TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA

ALTAS CAPACIDADES

INFANTIL

SÍ

SÍ

SÍ

NO

PRIMARIA

SÍ

SÍ

SÍ

SÍ

SECUNDARIA

SÍ

SÍ

SÍ

SÍ

BACHILLERATO

SÍ

SÍ

SÍ

SÍ

CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR

SÍ

SÍ

SÍ

SÍ

ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES

SÍ

SÍ

SÍ

SÍ

FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO BÁSICO

SÍ

SÍ

SÍ

NO


Las ayudas al estudio individualizadas son las siguientes:

a) Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales. También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con Trastorno del espectro autista (TEA) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas.

b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de estos subsidios los alumnos con TEA, pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior. No se requerirá cumplir requisitos económicos

c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje; alumnado con TEA no incluido en el párrafo anterior y el alumnado con altas capacidades intelectuales (400€). No se requerirá cumplir requisitos económicos.

Las solicitudes tanto de ayudas como de subsidios deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del MEFPD .

En el proceso de rellenar la solicitud no es necesario indicar qué tipo de ayuda o subsidio se necesita. Será la Administración quien compruebe a qué ayudas o subsidios tienen derecho las personas solicitantes, una vez examinados los requisitos que cumplen.

En la siguiente infografía se recogen momentos  y plazos del PROCESO