lunes, 6 de mayo de 2024

BECAS PARA ALUMNADO NEAE, YA!!!

 El Ministerio de Educación y Formación Profesional convoca anualmente ayudas destinadas a colaborar en los gastos que la educación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo genera para sus familias. Para el curso académico 2024-2025 ha dictado la Resolución de 12 de abril de 2024, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (consultar umbrales de renta y patrimonio, artículo 4).


El plazo de solicitud es del 30 de abril al 13 de septiembre de 2024 ambos inclusive.

Estas ayudas están dirigidas a personas que presentan una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de las siguientes situaciones: discapacidad, trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje, trastorno del espectro autista y altas capacidades.


ETAPAS EDUCATIVAS

DISCAPACIDAD

TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA O COMUNICACIÓN Y LENGUAJE

TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA

ALTAS CAPACIDADES

INFANTIL

NO

PRIMARIA

SECUNDARIA

BACHILLERATO

CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR

ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES

FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO BÁSICO

NO


Las ayudas al estudio individualizadas son las siguientes:

a) Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales. También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con Trastorno del espectro autista (TEA) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas.

b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de estos subsidios los alumnos con TEA, pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior. No se requerirá cumplir requisitos económicos

c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje; alumnado con TEA no incluido en el párrafo anterior y el alumnado con altas capacidades intelectuales (400€). No se requerirá cumplir requisitos económicos.

Las solicitudes tanto de ayudas como de subsidios deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del MEFPD .

En el proceso de rellenar la solicitud no es necesario indicar qué tipo de ayuda o subsidio se necesita. Será la Administración quien compruebe a qué ayudas o subsidios tienen derecho las personas solicitantes, una vez examinados los requisitos que cumplen.

En la siguiente infografía se recogen momentos  y plazos del PROCESO